Redacción
Los Cabos, B.C.S. 17 de julio de 2025 – Con el objetivo de cuidar de la ciudadanía que se traslade por vialidades principalmente rurales, el H. XV Ayuntamiento de Los Cabos a través de Juzgado Cívico te informa: A los propietarios de ganado, que incumplan el artículo 64 y 64 fracción XIII del Bando de Policía y Buen Gobierno, así como los artículos 60, 61, 66, 67 y 70 de la Ley Ganadera para el Estado de B.C.S. los cuales establecen estándares para el manejo de ganado semoviente, serán acreedores a una multa de 50 a 100 UMAS y de 12 a 36 horas de arresto por faltas a la seguridad al conducir ganado mayor o menor por la vía pública.
Se conoce como semoviente a los animales vivos, en este caso ganado los cuales son bienes inmuebles destinados al ramo de la ganadería.
En caso de ser encontrados en la vía pública, se procederá a difundir en los medios de circulación local sobre los semovientes que estén a disposición, en caso de no encontrarse los dueños, serán trasladados a instalaciones de Rastro Municipal.
Estas estrategias impulsadas por el Presidente Municipal Christian Agúndez Gómez, buscan procurar el bienestar de las personas conductoras y reducir los hechos de tránsito que involucren semovientes.